Ley Federal de Trabajo
REGULACIÓN DE LA CAPACITACIÓN EN MÉXICO
- LEY FEDERAL DEL TRABAJO -
En México la capacitación es un derecho del trabajador, como una obligación del empleador.
El modelo de desarrollo de las economías globales actualmente se enfoca en la calidad y competitividad. Sin embargo, cada país tiene modelos productivos particulares.
Los ajustes sociales, culturales, económicos y tecnológicos son de tal magnitud, que demandan de los individuos, las Organizaciones y las sociedades un esfuerzo de aprendizaje continuo.
Los ajustes sociales, culturales, económicos y tecnológicos son de tal magnitud, que demandan de los individuos, las Organizaciones y las sociedades un esfuerzo de aprendizaje continuo.
El derecho del trabajo no puede prescindir del derecho a la formación profesional.
El derecho de los individuos de contar con un empleo, es decir la empleabilidad, implica contar con las capacidades o competencias (conocimientos, habilidades y aptitudes) requeridas por los empleadores o el perfil/puesto a desempeñar, para conseguir, conservar y ascender un empleo; adaptarse al cambio; elegir otro empleo cuando lo deseen o pierdan el que tenían e integrarse más fácilmente al mercado laboral.
La formación profesional se relaciona con la necesidad de incrementar no sólo el empleo, sino la calidad del mismo.
Una competencia consiste en la capacidad de poner en uso los conocimientos, habilidades y aptitudes. Con los conocimientos se pueden desarrollar habilidades específicas que puedan aplicarse a un trabajo. Tener una habilidad consiste en la capacidad de realizar una actividad para alcanzar un objetivo.
Porque la formación profesional es un presupuesto de la empleabilidad; porque la formación profesional es un instrumento económico que mejora la productividad-competitividad de la empresa , por lo tanto del país.
Como Organización estamos registrados y autorizados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) (conforme al artículo 153-C de la LFT), lo que nos hace tener la facultad de expedir las Constancias DC-3 para validar la capacitación de nuestros participantes para los fines antes descritos (artículo 153-V).
La DC-3 es la constancia de habilidades laborales acreditadas ante la STPS. Un formato en el cual se plasma por escrito y consta que se cuenta con la habilidad y/o capacitación en x materia. Es personal y la expide una persona/institución que cuenta con la constancia DC-5 (autorización y registro como agente capacitador externo).
Si obtuviste una DC-3, tienes derecho a pedir la original (o en su caso una copia) a tu empleador. Es una constancia de tu trayectoria profesional y te puede servir por el resto de tu vida laboral.
En FORSUA se reconoce el avance profesional de sus participantes (por curso) no sólo a través de este documento, sino de:
Constancia de Habilidades Laborales
acreditando el Curso ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)
Diploma FORSUA
con valor curricular
2020-03-02 08:57:41