NOM 051 Retos y Especificaciones para su Implementación
La nueva modificación a la norma de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas NOM 051, establece retos desafiantes para la industria de alimentos y bebidas, y uno de los principales desafíos es la adecuación de los envases de los productos.
El 27 de marzo de 2020, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la actualización de la la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM-051), que habla del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, la cual tiene como objetivo que los productos tengan un etiquetado claro, para que toda la población conozca de una forma sencilla y rápida el contenido de los productos, y poder identificar si tiene exceso de calorías, sodio, grasas trans, azúcares y grasas saturadas, ingredientes que representan riesgos para la salud, si se consumen excesivamente.
La NOM tiene dos objetivos dentro de su regulación: la información comercial y la sanitaria.
La información comercial se mejora para evitar el engaño al consumidor. Está compuesta por los siguientes elementos: denominación, contenido neto, datos del fabricante o importador, entre otros.
La información sanitaria se mejora para establecer un sistema de etiquetado frontal de advertencia, que indique al consumidor de forma rápida, clara y veraz, sobre el contenido de nutrimentos críticos añadidos a un producto preenvasado.
Los principales cambios de la norma son:
- La superficie principal de exhibición, esto es la inclusión de los sellos de advertencia (en forma de octágonos) y leyendas precautorias.
- Los personajes de películas, las caricaturas, superhéroes y cualquier dibujo animado que no sea parte del logotipo o marca previamente registrado, se eliminan.
- Los avales tendrán restricciones. Si el producto cuenta con un octágono de advertencia, no se podrá contar con aval de ningún tipo.
- Nuevas definiciones, ya no es la “información nutrimental”, sino “declaraciones nutrimentales”.
Dentro de las nuevas definiciones también están:
- Azúcares: Todos los monosacáridos y disacáridos presentes en los alimentos y las bebidas no alcohólicas, que integra dos nuevas definiciones:
- Azúcares añadidos: Azúcares libres agregados a los alimentos.
- Azúcares libres: Concepto medular, pues si se comprende y aplica correctamente, marcará la pauta para que se tengan o no los sellos de advertencia.
- Edulcorantes: Sustancias diferentes a los mono y disacáridos que brindan un sabor dulce.
“Un azúcar libre es un mono y disacárido disponible, es decir, que el organismo pueda asimilar. Se añade a los alimentos durante un proceso industrial, pero también están presentes de manera natural en jarabes, mieles, jugos de fruta y de hortalizas”, señalan los especialistas.
La lactosa no está presente. Si bien es un azúcar, no está considerado como un nutrimento crítico que pueda generar un octágono de advertencia.
5 elementos básicos que debe tener el empaque según la NOM 051:
- Los sellos de advertencia y/o leyendas precautorias.
- La marca comercial.
- La denominación genérica.
- El contenido neto.
- Contraseña oficial: Algo nuevo que no estaba considerado en la normatividad anterior. Significa que en la parte donde diga NOM, debe aparecer el número de norma, lo cual indicará que el producto cumple con las especificaciones.
La lista de ingredientes es otro aspecto importante. En la parte posterior del empaque se señalarán los ingredientes. El cambio más importante es que ahora todos los azúcares que contenga el producto, deberán ser agrupados en paréntesis precedidos por la palabra azúcar añadido.
Por ejemplo:
Azúcares añadidos: azúcar de caña (se debe mencionar el tipo de azúcar y su procedencia).
Se debe respetar el orden cuantitativo decreciente, es decir, el ingrediente que tenga más cantidad es el primero que debe aparecer, y el que tenga menos cantidad, es el último que aparecerá en el listado.
“Los alérgenos también se deben declarar en la parte posterior del empaque. Antes algunos empaques decían: “Este producto está elaborado en una máquina que procesa huevo, cereales, etcétera”. Esto ya no existe. Ahora esa leyenda se sustituye con sólo decir: “Puede contener y el alérgeno” o “Contiene y el alérgeno”, y deben destacarse con letras en negrillas”.
Si afortunadamente el producto no contiene ningún tipo de nutrimento crítico que detone un octágono de advertencia, se debe poner en la parte trasera del empaque: “Este producto no contiene sellos ni leyendas”.
Sin embargo, no se podrá informar con elementos gráficos o con una letra muy grande. Está normado y debe ponerse con una letra igual o menor de la que se utilizará en la parte del listado de ingredientes.
Sellos de advertencia:
Los octágonos siempre deben aparecer en el frente del empaque. Corresponden a los cinco nutrimentos críticos que señaló la OMS en el 2004:
- Exceso de calorías
- Exceso de sodio
- Exceso de grasas trans
- Exceso de grasas saturadas
- Exceso de azúcares
Si el empaque o superficie principal de exhibición cuenta con el tamaño adecuado para poner los sellos de advertencia, no habrá problema, pero si no es lo suficientemente grande (menor o igual a 40 centímetros cuadrados), entonces sólo se pondrá un octágono y en su interior el número que indique cuántos nutrimentos críticos tiene.
Leyendas precautorias:
- “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños”, lo cual no quiere decir que esté prohibido. La intención sólo es disminuir el consumo de azúcar o el gusto por lo dulce entre la población.
- “Contiene cafeína, evitar en niños”. La cafeína es un estimulante. Por lo tanto, el objetivo es que el niño no tenga un alimento con un estimulante desde los primeros años de vida.
“Con el nuevo etiquetado pareciera que nuestra única opción es tomar agua, porque ahora resulta que TODO tiene un exceso”
No es así veamos:
Los nombres Kinder (™), Carlos V (™), Bimbo (™), son marcas registradas por sus propietarios. No existe ninguna relación comercial ni de ningún otro tipo entre el propietario de la marca y el autor de esta nota.
Con este proceso de normalización se busca que la población pueda conocer la información del producto de una manera más simple, lo que ayudará a reducir enfermedades como la diabetes, la obesidad y el sobrepeso.
Más del 90% de la gente está de acuerdo con que exista este etiquetado frontal, y hoy en día más del 50 por ciento de la gente menciona que está cambiando su elección, ¿en qué sentido? la conclusión de los consumidores es que si un alimento tiene menos sellos es mejor. Las personas están eligiendo alimentos con menos sellos, y si encuentran en el mercado una alternativa sin sellos, están decidiendo comprar productos sin los octágonos negros.
¿Te preocupa ser multado o perder grandes cantidades de dinero por no cumplir con el nuevo etiquetado de alimentos y bebidas?
¿Necesitas entender las nuevas adecuaciones de los íconos, posiciones y tamaños de la información que tienen que contener las etiquetas de tus productos?
¿Sabes cómo hacer los cálculos exactos para el nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas?
¿Tienes dudas sobre cada etapa del periodo de transición hacia el nuevo etiquetado de alimentos y bebidas?
Para todos los productores de alimentos y bebidas, ya no es una elección, es una obligación cumplir de la nueva legislación, y evitar futuras sanciones por incumplimiento de las leyes de etiquetado.
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Referencias:
Diario Oficial de la Federación (27 de marzo de 2020). MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010.
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